DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL
Considerando que la voluntad de Dios nos ha sido manifestada a través de su santa Palabra, sacándonos de las tinieblas a su luz admirable y estando en su plan formar con los redimidos un grupo especial, a los cuales nos ha elevado a la categoría de hijos de Dios (Juan 1:12); integrando así un cuerpo, del cual Cristo es la cabeza. Efesios 1:22, 23
Considerando el deber de organizamos para cumplir con la gran comisión (Mateo 28:19, 20) y la preservación de la fe cristiana.
Nos constituimos en una hermandad de creyentes salvos, obedientes a las enseñanzas de la palabra de Dios, dispuestos a agradar al Padre celestial, y a conservar la armonía de la Iglesia (Salmos 133:1; Efesios 4:13). Por lo cual declaramos que nuestro sistema de gobierno es eminentemente congregacional y representativo.
Esto es, que la asamblea local (Hechos 1:13-26; 6:1-6) constituye la suprema autoridad en cuanto a asuntos internos, pero sujeta a las disposiciones de El Concilio Nacional de las Asambleas de Dios, A. R. (Hechos 15:1-4; 1 Corintios 5 y 7 y Tito 1:5) en cuanto al credo y a las normas de conducta. Y para nuestro mejor funcionamiento convenimos en establecer modelos para su administración que nos permitan cumplir eficazmente nuestra misión, cuyas funciones se enuncian en este Reglamento.
Es entonces el propósito de este Reglamento fijar un mínimo de normas que sirvan como base para la comunión y práctica entre los miembros de la iglesia local, el pastor y la iglesia nacional.